Derechos y deberes del trabajador del sistema público

DERECHOS Y DEBERES DEL TRABAJADOR DEL SISTEMA PÚBLICO

¿Los funcionarios públicos, específicamente funcionarios dependientes de A.P.S municipal tienen las mismas obligaciones y derechos que cualquier otro trabajador del sistema público? 

La verdad esta respuesta no es tan simple, dado que a quienes trabajan para el Estado los rigen una serie de normativas y aspectos legales similares, pero no del todo iguales.  

El Estatuto municipal A.P.S Ley 19.378 reconoce los derechos y obligaciones de los funcionarios de Salud municipal y también describe la norma en su totalidad desde como esta se está estructurada (dotación, reglamento, otros) y hasta cómo se financia para su funcionamiento.  

Respecto a los deberes y los derechos estipulados en la norma, estos son parte de la cotidianidad de cada empleado público, tales como:  

  • Carrera funcionaria: Un sistema integral de regulación del empleo público, aplicable al personal titular de planta, fundado en principios jerárquicos, profesionales y técnicos que garantiza la igualdad de oportunidades para el ingreso, la dignidad de la función pública, la capacitación y el ascenso, la estabilidad en el empleo y la objetividad en las calificaciones en función del mérito y de la antigüedad. 
  • Derecho al ascenso: Un funcionario tiene derecho a ascender a un cargo de una planta inmediatamente superior, gozando de preferencia respecto de los funcionarios de ésta, cuando se encuentre al tope de su planta, reúna los requisitos y tenga el mayor puntaje en el escalafón de funcionarios de la planta a la cual accede. El ascenso rige a partir desde la fecha en que se produzca la vacante. 
  • Permuta: Consiste en el derecho que tiene todo funcionario público (con excepción de los cargos de confianza) a cambiar voluntariamente su respectivo cargo con otro funcionario titular, de igual grado de la respectiva planta, siempre que se cumpla con los requisitos exigidos para ella. 
  • Feriados: El feriado anual (vacaciones) tiene una duración que depende de la cantidad de años que el trabajador tenga en el servicio. 
  • Permisos Administrativos: Consiste en el derecho del funcionario a solicitar permisos por un máximo de 6 días hábiles en el año calendario, con goce de remuneraciones, sin que sea necesario invocar motivo alguno. 
  • Declaración de irrecuperabilidad, Afiliación a servicios de bienestar: Si fallece el funcionario, sus parientes tienen derecho a percibir la remuneración que a éste correspondiere hasta el último día del mes en que ocurriere el deceso. 
  • Si el funcionario sufre accidente o enfermedad por acto de servicio, tiene derecho a asistencia médica hasta su recuperación. 
  • Si declara su irrecuperabilidad, tiene derecho a una pensión equivalente a la que hubiere percibido por parte de la institución previsional. 

Es así como también algunas obligaciones parecen importantes de mencionar  

  • No usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la función pública que se desempeña. 
  • No hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para sí o para un tercero.  
  • No emplear, bajo cualquier forma, dinero o bienes de la institución, en provecho propio o de terceros.  

Todos estos solo representan una parte de los Derechos y Obligaciones del Trabajador del sistema público. 

Al decir que un funcionario tiene derechos y deberes, decimos que a este le asiste por ley, o por una norma legítima, la facultad de hacer exigible aquello que se ha establecido en su favor por la vía de una acción legalmente consagrada y el caso de los deberes, que este independiente de su conocimiento sobre la norma, debes ser esta aplicadas transversalmente y el desconocimiento de estas con llevan a posibles responsabilidades administrativas. 

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